En el mes de abril se presentó el proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas.

La normativa actual clasifica los refrigerantes en tres categorías:

  • Seguridad alta (L1): No inflamables y de toxicidad ligera o nula.
  • Seguridad media (L2): Tóxicos, corrosivos, inflamables o explosivos al mezclarse con un porcentaje de aire del 3,5% o más.
  • Seguridad baja (L3): Inflamables o explosivos al mezclarse con aire en un porcentaje del 3,5% o menos.

Actualmente, según el reglamento, únicamente pueden utilizarse refrigerantes L1 para instalaciones en edificios que vayan destinadas a mejorar las condiciones térmicas de las personas.

Esta nueva normativa pretende adaptar las normas de seguridad para las instalaciones frigoríficas a la clasificación europea, añadiendo un nuevo grupo: 2L. De esta manera se adapta la reglamentación a la evolución tanto de la técnica como de la experiencia.

Puede leer el artículo entero en www.caloryfrio.com


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