El pasado mes de junio entró en vigor el nuevo Real Decreto 178/2021 que modifica el anterior Real Decreto 1027/2007 que aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). 

Este nuevo real decreto introdujo una nueva Instrucción Técnica IT 1.2.4.3.5 acerca de los sistemas de automatización y control de instalaciones. Antes de entrar en más detalles acerca de la nueva instrucción, nos gustaría definir qué es un sistema de automatización y control:

Un sistema de automatización y control gestiona un edificio centralizado, avanzando hacia el concepto de edificio inteligente. En inglés se le conoce con las siglas BMS (Building Management System) y se trata de sistemas informáticos que controlan y automatizan los elementos mecánicos, eléctricos y tecnológicos; en este caso, de una sala de calderas. 

La nueva Instrucción Técnica IT 1.2.4.3.5

Cuando sea técnica y económicamente viable, los edificios no residenciales con una potencia nominal útil para instalaciones de calefacción, refrigeración, instalaciones combinadas de calefacción y ventilación, o para instalaciones combinadas de refrigeración y ventilación de más de 290 kW, deberán estar equipados con sistemas de automatización y control de edificios. Dichos sistemas de automatización y control de edificios deberán ser capaces de: 

  • Monitorizar, registrar, analizar y permitir la adaptación del consumo de energía de forma continua;
  • Efectuar una evolución comparativa de la eficiencia energética del edificio, detener las pérdidas de eficiencia de sus instalaciones técnicas e informar sobre las posibilidades de mejora de la eficiencia energética a la persona responsable de la instalación o de la gestión técnica del edificio;
  • Permitir la comunicación con instalaciones técnicas conectadas y otros aparatos que estén dentro del edificio, así como garantizar la interoperabilidad con instalaciones técnicas del edificio de distintos tipos de tecnología patentadas, dispositivos y fabricantes. 

Será considerado, a efectos de esta exigencia, la automatización y el control que tienen un impacto en la eficiencia energética del edificio, como los recogidos en la norma UNE-EN 15232-1. 

Los edificios residenciales podrán estar equipados con lo siguiente: 

  • La funcionalidad de monitorización electrónica continua que mida la eficiencia de las instalaciones e informe a los propietarios o a los administradores del inmueble cuando esta disminuya significativamente y cuando sea necesario reparar la instalación.
  • Funcionalidades eficaces de control para optimizar la producción, la distribución, el almacenamiento y el consumo de energía. 

Los sistemas de automatización y control que se instalen en los casos contemplados en los apartados anteriores, se adaptarán al tamaño o capacidad de la instalación, habida cuenta de las necesidades y de las características del edificio en las condiciones de uso previstas, determinando las capacidades de control óptima en función del tipo de edificio, del uso previsto y de los posibles ahorros energéticos. 

Una vez instalado el sistema de automatización y control, será necesario realizar acciones de comprobación de que el sistema funciona con arreglo a sus especificaciones y acciones de ajuste, en caso, en la instalación en condiciones de uso real. 

Los sistemas de automatización y control deberán configurarse para operar las instalaciones según regímenes de operación que permitan las condiciones de bienestar e higiene establecidas en el artículo 11 con el mismo consumo de energía. Para ello se deberán tener en cuanta los periodos de inactividad del edificio, el uso de los espacios, los regímenes de operación en el punto máximo rendimiento de los equipos y al máximo aprovechamiento de las energías renovables y residuales disponibles. Las indicaciones e instrucciones para la correcta operación del sistema de automatización y control deberán recogerse en el “Manual de Uso y Mantenimiento”. 

Es sabido que es esencial realizar las inspecciones correspondientes IPE & IPIC en las salas de calderas, pero con la adición de un sistema de automatización y control estas inspecciones pueden quedar exentas. 

Esta nueva instrucción permite la adición de una nueva IT (IT 4.3.4 Exenciones de inspección)

Los edificios no residenciales que cuenten con un sistema de automatización y control que cumpla los requisitos establecidos en el apartado 1 de la IT 1.2.4.3.5, así como los edificios residenciales que cuenten con un sistema de automatización y control que cumpla los requisitos establecidos en el apartado 2 de la IT 1.2.4.3.5, quedarán exentos del cumplimiento de los requisitos establecidos en la IT 4.2.1, IT 4.2.2 y IT 4.2.3. 

El nuevo RITE implementa y promueve el avance hacia edificios sanos y eco sostenibles con el medio que los rodea. 

Pin It on Pinterest