Buenas noticias para las comunidades de vecinos con calderas comunitarias. Hasta ahora solo los consumidores individuales con un consumo anual inferior a los 50.000 kilovatios hora (kWh) podían acogerse a la tarifa de último recurso del gas (TUR). Sin embargo, desde octubre de 2022 y al menos hasta diciembre de 2023 las comunidades de vecinos también pueden solicitar la tarifa regulada, lo que puede suponerles un ahorro de hasta el 50% en la factura.
Requisitos para cambiarse a la TUR, la tarifa regulada del gas para comunidades de vecinos
Para poder solicitar la TUR vecinal es necesario cumplir una serie de requisitos:
- Realizar una declaración responsable de que la comunidad está al corriente de pago de las facturas de gas con el proveedor actual.
- Tener instalados contadores o repartidores de consumo individuales en cada uno de los domicilios. Este punto también puede incluirse en la declaración responsable. De lo contrario, la comunidad deberá comprometerse a tenerlos antes del 30 de septiembre de 2023 mediante un acuerdo de la junta de propietarios. En caso de que resulte técnicamente imposible, habrá que presentar un informe sobre la inviabilidad técnica para poder instalarlos. Este es un requisito clave, porque si no se cumple la comunidad tendrá que devolver el 25% del ahorro que haya obtenido con la TUR a lo largo de este período.
- Informes de las revisiones obligatorias de la caldera y la inspección de eficiencia energética con resultados positivos.
- En el caso de las comunidades con un consumo superior a los 50.000.000 kWh anuales, autorización previa de la Dirección General de Política Energética y Minas y declaración responsable que certifique que el suministro se destina a viviendas de uso residencial.
¿Con qué compañía contratar la TUR vecinal?
En el caso de las comunidades de vecinos es el presidente de la comunidad de vecinos el que debe realizar el trámite de solicitar TUR. Pero también es posible hacerlo a través de un asesor energético.
La pregunta clave es con qué compañía se debe contratar la TUR vecinal. Los consumidores individuales pueden elegir la compañía con la que desean contratar la TUR. Sin embargo, en el caso de las comunidades el Real Decreto que regula la TUR vecinal establece que, en el caso de que ya tengan contrato con una de las proveedoras de energía que disponen de comercializadora de último recurso, es obligatorio realizar el contrato con ellas. Son las siguientes:
- Naturgy — Comercializadora Regulada Gas & Power, S.A.
- Endesa — Energía XXI Comercializadora de Referencia, S.L.U.
- Iberdrola — Curenergía Comercializador De Último Recurso S.A.U.
- TotalEnergies — Baser Comercializadora De Referencia S.A.
- Otras comercializadoras conectadas a una distribuidora del grupo Nedgia —Comercializadora Regulada Gas & Power S.A.
Las comunidades de propietarios con caldera comunitaria que actualmente no trabajen con ninguna de estas empresas energéticas deben hacer la solicitud en la comercializadora de TUR que tenga una mayor cuota de mercado de su comunidad autónoma:
- Comercializadora Regulada Gas & Power S.A.: Andalucía, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Comunidad de Madrid, Navarra, Galicia y La Rioja.
- Energía XXI Comercializadora De Referencia S.L.U.: Aragón, Baleares, Canarias y Extremadura.
- Baser Comercializadora De Referencia S.A.: Asturias, Cantabria, Murcia y País Vasco