En España, el uso de energía en las viviendas supone más del 15% del total del consumo de recursos energéticos por detrás del transporte y la industria.

La repercusión de emisiones de CO2 a la atmósfera es muy elevada debido a la fabricación de materiales y al uso de las edificaciones. Nuestro parque de viviendas en España es muy antiguo (el 72% de las viviendas existentes se construyeron entre los años 1960 y 1980), por lo que son grandes “devoradoras” de Energía. En este artículo expondremos qué pasos seguir, para conseguir ahorrar energía en una comunidad de vecinos.

1. Realizar una auditoría energética

Una auditoría energética consiste en el estudio integral de los aspectos técnicos y económicos que tienen relación directa o indirecta en el consumo energético de un edificio, para poder establecer medidas correctoras, y obtener así un uso racional de la energía y, por tanto, ahorrar energía. Deberán ser realizadas por técnicos que dispongan de amplios conocimientos técnicos en las instalaciones y elementos constructivos que conforman los edificios.

Para ello, deberán analizar los cerramientos, la iluminación, los sistemas de calefacción y/o climatización, ventilación de garajes, ascensores etc. Así mismo, es importante realizar el análisis de ámbitos de consumo de los propietarios e inquilinos, tales como horarios de calefacción, ventilación e iluminación. Por último se procederá a una recopilación de la facturación energética completa de la totalidad de suministros.
Especial atención, se debe prestar a las instalaciones de calefacción e iluminación-ascensores, que en las comunidades de propietarios suponen aproximadamente un 55% y 40% respectivamente, del consumo energético total del edificio. Si existe la posibilidad económica de realizar actuaciones en los cerramientos, conseguiremos reducir la demanda energética en un porcentaje muy importante, con el consiguiente confort y ahorro para los vecinos del inmueble.

2. Contratar a un gestor energético para ahorrar energía

Una vez realizada la auditoría , se procederá a analizar, por parte de un técnico cualificado (gestor energético), todos los datos obtenidos con el fin de establecer pautas y mejoras que consigan una reducción de la demanda energética, y el consiguiente ahorro económico. Podrá proponer mejoras en cada una de los aspectos que así lo requieran, comunicándoselo a la comunidad de vecinos, y aportando los estudios económicos pertinentes.

Entre las actuaciones para ahorrar energía pueden estar:

    Aislamiento térmico de la fachada
    Sustitución de ventanas por unas más eficientes
    Sustitución de calderas antiguas o en mal estado por otras más eficientes (calderas de baja temperatura, condensación o biomasa)
    Renovación de los puntos de alumbrado de zonas comunes por iluminación led
    Instalación de sistemas de control de presencia para zonas comunes
    Optimización de facturación energética
    Optimización de uso de sistemas de calefacción/climatización/agua caliente sanitaria
    Aporte de energía renovable (solar térmica) o fotovoltaica
    Programa de mantenimiento adecuado

3. Emitir certificado energético único del edificio.

Con un certificado energético de la totalidad del edificio, se podrá conocer el estado actual del mismo, y los puntos sobre los que se ha de incidir, aplicando medidas correctoras. A la comunidad de vecinos se le expondrá, para que puedan tomas las decisiones que consideren más convenientes en materia de eficiencia y ahorro energético. Si se ejecutan algunas de las actuaciones propuestas, se realizará el certificado energético final, con obtención de la calificación definitiva, para poder presentarlo ante los organismos oficiales y poder optar a mejoras en las ayudas gubernamentales o autonómicas.

4. Aprovechar la línea de ayudas establecida por el Gobierno y las Comunidades Autónomas.

Con las ayudas ofrecidas por el gobierno y las comunidades autónomas, las inversiones en comunidades de vecinos para eficiencia energética son rentables, ya que el período de amortización se reduce considerablemente.

Desde el 3 de Febrero de 2018, las comunidades de propietarios, podían beneficiarse del Programa PAREER (Programa de Ayudas para la Rehabilitación Energética) gestionado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE). Actualmente el plazo de solicitud está cerrado, a la espera de que se prorroguen dichas ayudas.

Tipología de actuaciones objeto de las ayudas: aquellas que consigan una reducción de las emisiones de CO2 y del consumo de energía final mediante una o varias de las tipologías siguientes:

      1.Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica
      2.Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación
      3.Sustitución de energía convencional por energía solar térmica
      4.Sustitución de energía convencional por energía geotérmica

Las actuaciones objeto de ayuda, deben mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, 1 letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio. Esta mejora de su calificación energética podrá obtenerse mediante la realización de una tipología de actuación o una combinación de varias.

Beneficiarios: podrán ser beneficiarios del Programa

    a) Los propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso, siempre que tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
    b) Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas como Propiedad Horizontal.
    c) Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal
    
d) Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.
    
e) Las empresas de servicios energéticos. No podrán ser beneficiarios de esta convocatoria las personas físicas sin perjuicio de lo dispuesto en las letras b) o c) del anterior apartado.

Puedes encontrar más información sobre cada una de las ayudas de las comunidades autónomas en el siguiente artículo


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